Análisis legal e institucional para la reglamentación de caudales ecológicos en el Ecuador (presentación)
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\"Es necesario mencionar que para definir caudal ecológico o ambiental,se han venido utilizando las dos terminologías indistintamente, quizá por el desconocimiento de lo que involucra cada una de ellas y sus alcances en términos de funcionalidad ecosistémica. Sin embargo, y para mantener congruencia con la terminología utilizada en la Constitución Política del Ecuador, se propone la utilización del término caudal ecológico, cuya definición se propone a la SENAGUA para discusión: “Es aquel régimen hídrico que se establece en un cuerpo de agua, como una alternativa que busca encontrar un equilibrio entre las necesidades del ambiente y las humanas, preservando los valores ecológicos, el hábitat natural (flora y fauna), y todas la funciones ambientales, cuya presencia contribuye a la sostenibilidad socioeconómica de los usuarios del recurso”.\"